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En el actual panorama jurídico y financiero, un significativo número de ciudadanos en España ha formalizado préstamos hipotecarios, ya sea para la adquisición de su vivienda habitual o para otros fines.
De este vasto contingente, una considerable porción podría estar asumiendo el pago de ciertos conceptos y gastos de hipoteca que, en realidad, no les correspondía abonar. Estos costes hipotecarios, conforme a la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo y las resoluciones del TJUE, se califican como cláusulas abusivas, abriendo la puerta a la posibilidad de reclamar gastos de hipoteca en Jaén y otras localidades.
Ante esta realidad, surgen interrogantes fundamentales: ¿Qué acciones puedo emprender para la devolución de gastos de hipoteca? ¿Tengo derecho a reclamar por esos costes hipotecarios que mi entidad bancaria me ha repercutido de forma indebida? ¿A qué profesionales debo acudir para iniciar el proceso de reclamación? ¿Será factible recuperar la totalidad del capital abonado de forma indebida y los gastos abusivos de hipoteca?
El primer paso esencial es buscar el asesoramiento de un abogado especializado para dar comienzo al procedimiento de reclamación de gastos de hipoteca.
Nuestro equipo de profesionales en Jaén Abogados está plenamente capacitado para asistirte en la recuperación de los importes que por legítimo derecho te pertenecen. Con nosotros, la recuperación de tu dinero puede ser gratuita hasta 3.000€, sin adelantar dinero y con un coste 0€. Nos enorgullece contar con un 99% de sentencias ganadas y haber tramitado más de 8.000 procedimientos, recuperando más de 10 millones de euros para nuestros clientes.
La interposición de una reclamación por los gastos de hipoteca constituye una medida esencial para salvaguardar tus derechos como consumidor y obtener la restitución de fondos abonados de forma improcedente. Frecuentemente, los costes hipotecarios inherentes a la constitución de un préstamo pueden derivar de estipulaciones contractuales desequilibradas o procedimientos financieros carentes de transparencia. Al ejercer este derecho a la devolución de gastos de hipoteca, es posible lograr el reintegro de sumas considerables, restaurando así la equidad en tu vínculo con la entidad. ¡No dudes en actuar para recuperar lo que te pertenece y hacer valer tus prerrogativas en la reclamación hipotecaria en Jaén!
Al iniciar una reclamación por los gastos de hipoteca, se está haciendo valer el derecho fundamental como consumidor, instando el cumplimiento de la legislación en vigor, incluyendo la salvaguarda frente a cláusulas abusivas o conductas bancarias inequitativas. Este proceso refuerza tu posición frente a la banca y contribuye a la equidad en las relaciones financieras, permitiéndote la recuperación de gastos indebidos y la revisión de comisiones de apertura o cargos excesivos.
Los desembolsos vinculados a la formalización de un préstamo hipotecario pueden ser de cuantía elevada y, en ocasiones, abarcar conceptos que no deberían recaer sobre el cliente, como impuestos de actos jurídicos documentados o las tarifas de gestiones de gestoría. La reclamación de estos importes facilita la recuperación de los capitales abonados de forma improcedente o excedente, siendo una vía directa para la devolución de gastos de hipoteca.
Es común que las entidades financieras incorporen condiciones desequilibradas en los acuerdos hipotecarios o apliquen recargos encubiertos carentes de justificación. Al emprender acciones por los gastos de hipoteca, contribuyes activamente a erradicar estas conductas opacas y a fomentar una mayor claridad en el ámbito financiero, asegurando prácticas más justas en la formalización de créditos y la gestión de costes hipotecarios.
En ciertas situaciones, la presencia de cláusulas abusivas en un contrato hipotecario puede generar menoscabos económicos o emocionales para el cliente. Al llevar a cabo la reclamación de gastos de hipoteca, es posible solicitar una indemnización adicional por estos perjuicios, lo que se traduce en una reparación integral por cualquier injusticia padecida.
La Resolución del Tribunal Supremo 705/2015, dictada el 23 de diciembre, constituyó un punto de inflexión decisivo en el marco jurídico español en lo concerniente a los acuerdos de crédito hipotecario, especialmente en la consideración de los gastos abusivos de hipoteca.
Esta sentencia estableció que la cláusula que impone al consumidor la obligación de abonar la totalidad de los costos derivados de la formalización de una hipoteca es abusiva, cuando dichos gastos (notaría, registro, gestoría, tasación, actos jurídicos documentados) deberían distribuirse equitativamente entre la entidad bancaria y el prestatario. Posteriormente, las resoluciones del TJUE han venido a reforzar esta postura, consolidando el derecho a la devolución de gastos hipotecarios.
El Tribunal Supremo determinó que no es lícito ni justo que los prestatarios asuman la totalidad de los desembolsos asociados a la constitución de un préstamo hipotecario, tales como el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), los honorarios notariales, los del registro de la propiedad y los de la gestoría, entre otros.
Esta decisión ha facilitado enormemente la posibilidad de reclamar gastos de hipoteca que anteriormente eran asumidos en su totalidad por el cliente.
Esta resolución judicial ha marcado un antes y un después de gran relevancia, ya que ha sentado un precedente jurisprudencial de peso para la defensa de los intereses de los consumidores en el ámbito hipotecario.
A partir de esta decisión, los consumidores disponen de la facultad para demandar la restitución de los gastos hipotecarios que hayan abonado de forma improcedente o excesiva, cimentando las bases para la recuperación de importes indebidos.
Dado que ya existe un precedente legal sólido, es decir, una sentencia previa que declara la abusividad de ciertos gastos hipotecarios, existe una elevada probabilidad de que las resoluciones judiciales sean favorables para todas las reclamaciones que se presenten en esta materia.
Esto significa una mayor seguridad para aquellos que decidan reclamar gastos de hipoteca en Jaén y otras regiones. Por lo tanto, sí, es altamente aconsejable llevar el asunto ante los tribunales para recuperar los gastos de tu hipoteca que ya has sufragado a la entidad bancaria, aprovechando la favorable jurisprudencia establecida.
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Absolutamente, sí. Conforme a las reiteradas resoluciones del Tribunal Supremo y el espíritu de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, las estipulaciones sobre gastos incorporadas en los contratos de préstamo hipotecario son consideradas nulas de pleno derecho, al imponer al cliente la totalidad de los costes de la operación sin ajustarse a la normativa aplicable. Por consiguiente, los consumidores mantienen el derecho a presentar reclamaciones judiciales para la recuperación de los gastos de formalización de la hipoteca, lo que popularmente se conoce como reclamar gastos de hipoteca. La vía judicial se ha consolidado como el camino más eficaz para la devolución de gastos de hipoteca.
En el marco legal español, y conforme a la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo y resoluciones judiciales subsiguientes, los prestatarios tienen la facultad de recuperar varios costes hipotecarios que fueron indebidamente trasladados por las entidades financieras. Estos son los principales desembolsos hipotecarios susceptibles de recuperación, que forman parte de lo que puedes reclamar gastos de hipoteca:
Este gravamen se abona al momento de formalizar la escritura del préstamo hipotecario y figura entre los principales costes susceptibles de reintegro en el proceso de reclamación de gastos de hipoteca. Durante un tiempo fue uno de los gastos más controvertidos.
Se refieren a los honorarios correspondientes a la elaboración de la escritura pública del préstamo hipotecario y su posterior registro. Una parte significativa de estos gastos puede ser recuperada al reclamar los gastos de hipoteca, junto a posibles comisiones de apertura previamente desconocidas.
Corresponden a los aranceles derivados de la inscripción del título hipotecario en el Registro de la Propiedad, garantizando su publicidad y validez legal. Estos aranceles también forman parte de los importes a reclamar gastos de hipoteca.
Incluyen los desembolsos por los servicios de gestión administrativa, el análisis de viabilidad del préstamo y la consultoría jurídica o financiera prestada durante el proceso de constitución de la hipoteca. Los servicios de gestoría son uno de los conceptos que más frecuentemente se reclaman con éxito.
El coste de la valoración oficial del inmueble hipotecado, que es un requisito indispensable para la aprobación del préstamo. Aunque en algunos casos la recuperación de este cargo ha sido más debatida, la tendencia judicial lo incluye cada vez más en la devolución de gastos de hipoteca.
Es importante considerar que la posibilidad de recuperar estos gastos está sujeta a la legislación vigente y a las particularidades de cada caso judicial. Por ello, es altamente recomendable buscar el asesoramiento legal de expertos para evaluar la viabilidad de tu reclamación y para guiarte adecuadamente durante todo el procedimiento de reclamación de gastos hipotecarios.
En Jaén Abogados hemos representado con éxito a nuestros clientes en reclamaciones contra numerosas y variadas instituciones bancarias.
Nuestro compromiso inquebrantable es la defensa de tus derechos como consumidor, trabajando sin descanso para conseguir la compensación económica que legítimamente te corresponde.
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Las perspectivas de recuperar los fondos correspondientes a los gastos hipotecarios en España son considerablemente elevadas, particularmente tras el establecimiento de la jurisprudencia consolidada por el Tribunal Supremo y posteriores dictámenes judiciales, incluyendo las resoluciones del TJUE. No obstante, ciertos elementos pueden incidir en el éxito de tu gestión:
A pesar de que cada expediente posee sus particularidades, las posibilidades de obtener la restitución de los gastos de hipoteca en España son prometedoras, sobre todo si se siguen las pautas correctas y se cuenta con el respaldo de un profesional del derecho.
Para efectuar la reclamación de los gastos de hipoteca, resulta imprescindible recopilar y aportar una serie de documentos que justifiquen tu solicitud.
Entre la documentación necesaria se incluyen: la escritura del préstamo hipotecario, las facturas de los gastos (notaría, registro, gestoría, tasación), y cualquier comunicación previa con la entidad bancaria. Es crucial que esta documentación esté completa y en orden para una reclamación de gastos de hipoteca exitosa.
Una vez que dispongas de todos los documentos, podrás dar inicio a tu reclamación. Si la respuesta del banco no es satisfactoria, es recomendable buscar la asistencia de un especialista legal para considerar la vía judicial.
Un profesional del derecho puede guiarte durante el proceso y optimizar tus oportunidades de éxito en la devolución de gastos de hipoteca.
En lo que respecta al plazo de prescripción para la reclamación de gastos de hipoteca, la jurisprudencia ha clarificado que la nulidad de cualquier disposición en tu contrato de préstamo hipotecario puede ser reclamada siempre que el crédito continúe vigente.
Si el préstamo ya ha sido cancelado, el plazo para iniciar la acción de nulidad es de cuatro años a partir de la fecha del último pago efectuado. Es crucial no dejar pasar este plazo para asegurar la viabilidad de tu devolución de gastos de hipoteca.
El hecho de que la hipoteca afecte a una vivienda principal, una segunda residencia o cualquier otra clase de propiedad resulta irrelevante a efectos de la reclamación de gastos de hipoteca. Lo fundamental es determinar si, al momento de la contratación, se proporcionó una información adecuada sobre la existencia y las implicaciones de las cláusulas abusivas, con total independencia de la naturaleza del bien que sirva como garantía.
Sí, es factible. La acción de nulidad puede ser ejercida por cualquier parte que haya actuado en calidad de consumidor, sin distinción entre particulares y entidades mercantiles, siempre que la finalidad del préstamo no sea directamente su actividad comercial habitual. Esto incluye a empresas y autónomos cuya actividad principal no sea financiera y que formalicen una hipoteca para la adquisición de un bien destinado a otra función.
El monto de los gastos asociados a la formalización de una hipoteca en Jaén, al igual que en cualquier otra provincia española, no es fijo y depende de múltiples factores: el valor total del crédito hipotecario, la entidad financiera escogida y las tarifas específicas establecidas por los profesionales implicados. Estos costes forman el grueso de lo que se puede reclamar gastos de hipoteca.
Estas tarifas son reguladas por arancel y se determinan en proporción al capital del préstamo hipotecario. Para un crédito de valor estándar, estos desembolsos representan una cantidad significativa y son uno de los conceptos principales a la hora de reclamar gastos de hipoteca.
La inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad conlleva una tarifa que también se calcula en base al importe del crédito y es esencial para la validez legal del gravamen. Generalmente, constituye una parte notable de los costos totales y es un gasto plenamente recuperable.
Estos servicios, que abarcan la liquidación de impuestos y la gestión de la inscripción registral, implican un desembolso variable según la complejidad del expediente. Su reclamación es muy común y altamente favorable.
La evaluación del valor oficial del inmueble hipotecado, que es un requisito indispensable para la aprobación del préstamo. Aunque en algunos casos la recuperación de este cargo ha sido más debatida, la tendencia judicial lo incluye cada vez más en la devolución de gastos de hipoteca.
En Andalucía, la tasa aplicable sobre el importe del préstamo hipotecario puede representar un porcentaje considerable del mismo, siendo uno de los gastos más relevantes. Tras diversas sentencias, una parte significativa de este impuesto es susceptible de ser reclamada.
Otros gastos potenciales
Además de los mencionados, pueden surgir otros conceptos menores que se suman al total. Aproximadamente, la suma de estos cargos excesivos podía constituir una carga financiera importante para el hipotecado al momento de constituir el préstamo.
Sin embargo, tras la Sentencia 705/2015 y las resoluciones posteriores, una gran parte de estos conceptos son susceptibles de ser reclamados. Si asumiste la totalidad de estos gastos, es altamente probable que tengas derecho a la devolución de una porción sustancial de ellos, especialmente los relacionados con notaría, registro, gestoría, tasación y actos jurídicos documentados.
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