Reclama los gastos de hipoteca en Avila

✅ Notaría    ✅ Tasación     ✅ Registro    ✅ Gestoría

En la compra de una propiedad a través de un préstamo hipotecario en o en cualquier otro lugar, se desarrollan algunos gastos que durante un largo tiempo fueron soportados de forma exclusiva por el cliente.

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Clientes👤

Más de 5.000 clientes satisfechos han recuperado su dinero sin coste alguno

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Procedimientos 

Más de 8000 procedimientos tramitados.

 
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Millones de euros 💵

Más de 10 Millones de euros DEVUELTOS

 
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Casos de Éxito 

Los gastos que pueden reclamarse de un préstamo hipotecario para una vivienda en son:
  • Costes Notariales
  • Honorarios de Registro
  • Honorarios de Gestoría
  • Honorarios de Tasación
Estos gastos fueron cubiertos por el consumidor a causa de una conducta engañosa y excesiva de las Entidades Financieras, las cuales están obligadas a afrontar la responsabilidad y realizar el reembolso de dichos importes. Asimismo, hay gastos que se deben dividir equitativamente entre el banco y el cliente, tales como los honorarios de la notaría.

¿A quién le corresponde pagar cada gasto?

Antes de llegar al el año 2019, la normativa vigente se dictaminaba de la siguiente manera:
  1. La factura de la notaría relativa a la escritura de préstamo hipotecario debía ser pagada de forma compartida entre el banco y el titular de la hipoteca.
  2. Los gastos de tasación de la vivienda eran pagados por el banco.
  3. La factura del registro de la propiedad por la inscripción de la hipoteca también era pagada por el banco.
  4. Los gastos de gestoría deben ser pagados por el banco solamente si su intervención fue impuesta por el banco.
  5. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), según la ley que gobierna dicho impuesto, era pagado por el consumidor.
A partir de marzo de 2019, tras la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario que modifica la regulación existente en materia de gastos hipotecarios, al formalizar una hipoteca, los gastos se deben pagar según el siguiente reparto legalmente definido: Los gastos notariales, los costes de registro y la gestoría tienen que ser pagados por el banco (excepto las copias de la escritura que el consumidor desee conservar). La tasación tiene que ser pagada por el consumidor. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados, luego de la modificación de la norma que lo dicta, tiene que ser pagado por la entidad financiera.

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Efectivamente, la respuesta es sí, debido a que en el supuesto de que una cláusula sea no válida, no existe un plazo definido para pedir su anulación. Es relevante señalar que hay un límite de tiempo para poder pedir la reclamación de los gastos, conforme a lo que ha señalado el propio Tribunal Supremo, el plazo máximo para poder solicitar la reclamación de los gastos hipotecarios hasta enero de 2024 como mínimo. Bríndanos los detalles de tu hipoteca, te informaremos de manera libre de coste si tienes derecho a la compensación, qué cantidad podrías obtener de vuelta, y te haremos la reclamación de forma completamente sin costes.

Pide una consultoría 100% gratuita y un especialista de nuestro equipo se comunicará contigo en la mayor brevedad posible. Ten en cuenta que puedes gestionar todos los procesos necesarios cómodamente desde tu hogar, enviando la documentación necesaria y explicando a nuestros especialistas tu caso concreto.

Una vez tengamos todo lo necesario, empezaremos con la reclamación y te haremos un seguimiento personal hasta la finalización de la misma.

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