Reclama los gastos de hipoteca en Avila

✅ Notaría    ✅ Tasación     ✅ Registro    ✅ Gestoría

En la adquisición de una propiedad por medio de un préstamo hipotecario en o en cualquier otro lugar, se generan algunos gastos que durante mucho tiempo fueron soportados de forma exclusiva por el cliente.

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Clientes👤

Más de 5.000 clientes satisfechos han recuperado su dinero sin coste alguno

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Procedimientos 

Más de 8000 procedimientos tramitados.

 
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Millones de euros 💵

Más de 10 Millones de euros DEVUELTOS

 
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Casos de Éxito 

Los gastos que pueden reclamarse de un crédito hipotecario para una vivienda en son:
  • Honorarios de Notaría
  • Gastos de Registro
  • Gastos de Gestoría
  • Honorarios de Tasación
Estos gastos fueron soportados por el consumidor a causa de una actuación dolosa y abusiva de las Organizaciones Financieras, las cuales están obligadas a afrontar la responsabilidad y efectuar la devolución de dichos importes. Por añadidura, hay gastos que se deben pagar a medias entre el banco y el cliente, tales como los costes notariales.

¿A quién le corresponde pagar cada gasto?

Antes de llegar al 2019, la normativa vigente era:
  1. La factura de la notaría relativa a la escritura de préstamo hipotecario debía ser pagada a medias entre el banco y el consumidor hipotecante.
  2. Los gastos de tasación de la vivienda eran pagados por el banco.
  3. La factura del registro de la propiedad por la inscripción de la hipoteca también debe ser pagada por el banco.
  4. Los gastos de gestoría tenían que ser pagados por el banco solo si su intervención fue impuesta por el mismo.
  5. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), conforme a la ley que dicta dicho impuesto, tenía que ser pagado por el consumidor.
Con efecto en marzo de 2019, luego de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario que modifica la regulación existente en materia de gastos hipotecarios, al constituir una hipoteca, los gastos se tienen que pagar según el siguiente reparto legalmente definido: El notario, los costes de registro y la gestoría deben ser pagados por el banco (excepto las copias de la escritura que el consumidor desee conservar). La tasación tiene que ser pagada por el cliente consumidor. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados, tras la modificación de la norma que lo dicta, es pagado por la entidad financiera.

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Efectivamente, la respuesta es sí, ya que en la situación de que una cláusula sea no aplicable, no existe un periodo establecido para pedir su anulación. Es relevante señalar que hay un límite de tiempo para poder requerir la reclamación de los gastos, según lo que ha declarado el propio Tribunal Supremo, el plazo máximo para poder solicitar la reclamación de los gastos hipotecarios llega enero de 2024 como mínimo. Dános los detalles de tu hipoteca, te informaremos de manera gratuita si tienes derecho a la compensación, cuánto podrías obtener de vuelta, y te haremos la reclamación de forma sin cobrarte nada.

Pide una consultoría 100% gratuita y un especialista de nuestro equipo se comunicará contigo en la mayor brevedad posible. Ten en cuenta que puedes gestionar todos los procesos necesarios cómodamente desde tu hogar, enviando la documentación necesaria y explicando a nuestros especialistas tu caso concreto.

Una vez tengamos todo lo necesario, empezaremos con la reclamación y te haremos un seguimiento personal hasta la finalización de la misma.

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