Reclama los gastos de hipoteca en Avila

✅ Notaría    ✅ Tasación     ✅ Registro    ✅ Gestoría

En la adquisición de una propiedad por medio de un préstamo hipotecario en o en algún otro lugar, se desarrollan algunos gastos que a lo largo de mucho tiempo fueron soportados exclusivamente por el cliente.

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Clientes👤

Más de 5.000 clientes satisfechos han recuperado su dinero sin coste alguno

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Años trabajando 📆

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Procedimientos 

Más de 8000 procedimientos tramitados.

 
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Millones de euros 💵

Más de 10 Millones de euros DEVUELTOS

 
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Casos de Éxito 

Los costes susceptibles de ser recuperados de un crédito hipotecario para una vivienda en son:
  • Gastos de Notario
  • Gastos de Registro
  • Honorarios de Gestoría
  • Gastos de Tasación
Estos gastos fueron asumidos por el consumidor a causa de una actuación engañosa y abusiva de las Instituciones Bancarias, las cuales tendrán que hacerse cargo de la responsabilidad y proceder a la devolución de dichos importes. Por añadidura, hay gastos que se deben dividir equitativamente entre el banco y el cliente, tales como los costes notariales.

¿A quién le corresponde pagar cada gasto?

Antes de llegar al el año 2019, la normativa vigente se dictaminaba de la siguiente manera:
  1. El cargo por servicios de la notaría relativa a la escritura de préstamo hipotecario debía ser pagada al 50% entre el banco y el consumidor hipotecante.
  2. Los gastos de tasación de la vivienda debían ser pagados por el banco.
  3. La factura del registro de la propiedad por la inscripción de la hipoteca también debe ser pagada por el banco.
  4. Los gastos de gestoría eran pagados por el banco únicamente si su intervención ha sido impuesta por este.
  5. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), de acuerdo con la ley que dicta dicho impuesto, tenía que ser pagado por el consumidor.
Desde marzo de 2019, luego de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario que altera la regulación existente en materia de gastos hipotecarios, al establecer una hipoteca, los gastos se tienen que pagar conforme a el siguiente reparto legalmente establecido: El notario, los costes de registro y la gestoría tienen que ser pagados por el banco (excepto las copias de la escritura que el consumidor desee conservar). La tasación tiene que ser pagada por el cliente. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados, después de la modificación de la norma que lo regula, tiene que ser pagado por la entidad financiera.

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Sí, la respuesta es afirmativa, dado que si es el caso de que una cláusula sea no válida, no existe un marco temporal para pedir su anulación. Es relevante señalar que hay un límite de tiempo para poder pedir la recuperación de los gastos, conforme a lo que ha indicado el propio Tribunal Supremo, el plazo máximo para poder solicitar la reclamación de los gastos hipotecarios hasta enero de 2024 como mínimo. Bríndanos los detalles de tu hipoteca, te informaremos de manera gratuita si tienes derecho a la recuperación, la suma que podrías reclamar, y te haremos la reclamación de forma sin coste para ti.

Pide una consultoría 100% gratuita y un especialista de nuestro equipo se comunicará contigo en la mayor brevedad posible. Ten en cuenta que puedes gestionar todos los procesos necesarios cómodamente desde tu hogar, enviando la documentación necesaria y explicando a nuestros especialistas tu caso concreto.

Una vez tengamos todo lo necesario, empezaremos con la reclamación y te haremos un seguimiento personal hasta la finalización de la misma.

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